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Capacitación obligatoria DS 44 de 8 horas: qué cambia el 1 de noviembre y qué hacer antes

Por Comunicaciones Isotempo · 19 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

capacitacion ds 44 portada

La capacitación obligatoria DS 44 de 8 horas deja de ser una buena práctica y pasa a tener un estándar: desde el 1 de noviembre de 2026 entra en vigencia la Guía técnica de la Subsecretaría de Previsión Social, que fija una duración mínima, contenidos mínimos, evaluación y registro para la capacitación en prevención de riesgos de todos los trabajadores.

Si tu empresa es proveedora o contratista de minería o industria y tu equipo HSE es pequeño, quedan menos de dos semanas para ordenar quién se capacita, con qué vía y cómo se deja constancia. Aquí te contamos qué cambia y por dónde partir.

Qué cambia con la capacitación obligatoria del DS 44: 5 puntos

El artículo 16 del DS N°44 ya exigía capacitar a los trabajadores. Lo nuevo es la guía que define cómo debe hacerse. Fue aprobada por la Resolución Exenta N°1.117 (promulgada el 7 de agosto y publicada el 11 de agosto de 2026) y rige desde el 1 de noviembre.

#Qué cambiaDetalle
1VigenciaDesde el 1 de noviembre de 2026.
2DuraciónMínimo 8 horas. La guía permite repartirlas en módulos dentro de un plazo de 3 meses.
3AlcanceTodos los trabajadores, sin importar sector, tamaño de la empresa, tipo de contrato ni nivel de riesgo.
4Evaluación y registroDebe incluir una evaluación que compruebe que se comprendieron los contenidos, y registros que permitan acreditar y verificar que se realizó.
5RenovaciónPeriodicidad según el programa preventivo de la empresa, sin exceder dos años. La certificación es personal (asociada al RUN) y tiene vigencia de dos años.
Capacitación DS 44: las 5 cosas que cambian el 1 de noviembre de 2026 (vigencia, 8 horas, todos los trabajadores, evaluación y registro, renovación cada 2 años)

Un punto que conviene tener claro desde ya: la responsabilidad es siempre de la empresa empleadora, sin importar quién dicte el curso.

Qué contenidos debe tener la capacitación de 8 horas

La guía establece contenidos mínimos que, según la Resolución Exenta N°1.117, no pueden omitirse, sustituirse ni reducirse. Entre ellos:

  • marco general de la seguridad y salud en el trabajo;
  • identificación de peligros y evaluación de riesgos (matriz de riesgos y mapa de riesgos);
  • riesgos del lugar de trabajo y sus efectos en la salud;
  • medidas preventivas y elementos de protección personal;
  • gestión de emergencias, señalización y prevención de incendios.

Esto incluye, además, las prestaciones de la ley 16.744. Cada empresa debe llevar estos contenidos a su realidad: no es lo mismo una faena minera que un taller o una bodega.

Quién puede dictar la capacitación DS 44

La guía admite tres vías:

  1. La propia empresa, con un experto en prevención de riesgos a cargo de la parte presencial o sincrónica.
  2. Una entidad acreditada para capacitar.
  3. La mutualidad o el ISL, con asistencia técnica del Organismo Administrador de la ley 16.744 (ACHS, IST, Mutual de Seguridad).

La modalidad puede ser presencial, remota (sincrónica o asincrónica) o mixta. Si ya capacitaste a tu gente antes, revisa con tu mutualidad o con la Guía si ese curso cumple lo que exige la nueva norma.

Qué hacer antes del 1 de noviembre: plan de 5 pasos para equipos HSE pequeños

Elementos de protección personal sobre una mesa: casco, guantes y lentes de seguridad
  1. Cuenta a quién hay que capacitar. Dotación propia, contratos a plazo fijo y por obra o faena, trabajadores nuevos. La guía no distingue por tipo de contrato.
  2. Elige la vía. Propia, entidad acreditada o mutualidad. Considera cuántas personas son, en qué turnos y quién puede impartir la parte sincrónica.
  3. Calendariza los módulos. Reparte las 8 horas de modo que cada trabajador las complete dentro del plazo y, preferentemente, en jornada laboral.
  4. Define cómo se evalúa. Cuestionarios, preguntas de selección múltiple o casos prácticos que se puedan verificar.
  5. Deja el registro listo. Nómina por RUN, asistencia, programa, resultados, certificados, quién dictó el curso, fecha, duración y modalidad. Que sea trazable ante una fiscalización.

Si eres contratista de una minera, ten presente que la obligación recae en quien tiene contratados a los trabajadores. La guía no detalla cómo se reparte entre mandante y contratista: consúltalo con tu asesor legal y con tu mandante.

Cómo te acompaña Isotempo

En Isotempo no dictamos esta capacitación: ofrecemos asesoría en prevención de riesgos e ISO 45001: acompañamos a la empresa para que la planifique bien. Te ayudamos a levantar el diagnóstico (a quién hay que capacitar y qué falta), diseñar el programa y su calendario, ordenar el registro y definir cómo se evalúa, de modo que tu equipo HSE llegue al 1 de noviembre con un plan y con evidencia.

Esto se conecta con el sistema de gestión: si tu empresa trabaja con ISO 45001 o la está implementando, la formación y sus registros forman parte del sistema. Te contamos qué exige ISO 45001 y cómo prepararte para una auditoría HSE. Si tus mandantes te evalúan por SICEP, contar con la capacitación ordenada y registrada también ayuda a mostrar control. Revisa nuestras soluciones o escríbenos.

¿Ya planificaste las 8 horas? Conversemos: WhatsApp Chile +56 9 8211 0040 · WhatsApp Colombia +57 301 5443541 · info@isotempo.com

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo es obligatoria la capacitación DS 44 de 8 horas?

Desde el 1 de noviembre de 2026, fecha en que entra en vigencia la Guía técnica de la Subsecretaría de Previsión Social. La guía fija una duración mínima de 8 horas.

¿A quiénes aplica la capacitación obligatoria del DS 44?

A todos los trabajadores, sin importar el sector, el tamaño de la empresa, el tipo de contrato ni el nivel de riesgo. Incluye contratos a plazo fijo y por obra o faena.

¿Quién puede dictar la capacitación del DS 44?

La propia empresa, una entidad acreditada o la mutualidad o el ISL con asistencia técnica. En cualquier caso, la responsabilidad de que se cumpla es de la empresa empleadora.

¿Cada cuánto hay que repetir la capacitación?

Según la periodicidad que defina el programa preventivo de la empresa, que no puede exceder dos años. La certificación es personal (asociada al RUN) y tiene vigencia de dos años.


Fuentes

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